Micelio
Auto28 de abril de 2016

A- de 2016

Ponente Alberto Rojas Ríos

Demandante Fundacion Marido Y Mujer Y Otros

01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Solicitud De Apertura De Incidente De Impacto Fiscal
  • Rechazar ante la ausencia de los requisitos de oportunidad y legitimación por activa
1 tema · 1 subtema · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Con el presente auto se resuelven los incidentes de impacto fiscal presentados por la Fundación Marido y Mujer; la Veeduría Ciudadana de la Política Pública Nacional y Territorial sobre la Familia, la Vida Humana y la Convivencia Ciudadana en Colombia y, la Red Familia Colombia.

Ante la ausencia de los requisitos de oportunidad y legitimación por activa de los solicitantes, la Sala Plena de la Corporación decidió RECHAZAR por improcedentes las solicitudes de apertura de incidente de impacto fiscal formuladas.

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (3 puntos)
  1. Primero. RECHAZAR por improcedentes las solicitudes de apertura de incidente de impacto fiscal presentadas por la Fundación Marido y Mujer, la Veeduría Ciudadana de la Política Pública Nacional y Territorial sobre la Familia, la Vida Humana y la Convivencia ciudadana en Colombia y la Red Familia Colombia, mediante escritos radicados los días 20, 21 y 26 de abril de 2016, respectivamente.
  2. Segundo. DEVOLVER los escritos y sus anexos a la Fundación Marido y Mujer, a la Veeduría Ciudadana de la Política Pública Nacional y Territorial sobre la Familia, la Vida Humana y la Convivencia Ciudadana en Colombia y a la Red Familia Colombia, en cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 7º de la Ley 1695 de 2013.
  3. Notifíquese, publíquese,
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

Cita a0
No cita providencias registradas.
Citada por0
Ninguna providencia la cita todavía.

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.